Dudas frecuentes de quién quiere inmigrar a los EEUU

Florida 360 Investments & Realty, una empresa dedicada a prestar varios servicios a extranjeros que quieren invertir en el mercado inmobiliario y/o inmigrar para los Estados Unidos, tiene el placer de presentar el siguiente artículo:

(Preguntas y Respuestas frecuentes & Consejos y Orientaciones para quien está pensando en inmigrar a los EEUU.

     Siempre aconsejamos a nuestros clientes contactar un abogado de inmigración aquí en los EEUU, pues cada caso es un caso y ellos pueden ofrecer una orientación más directa y personalizada.   De cualquier forma, y con base en las respuestas entregadas por los abogados socios de Florida 360, proporcionamos abajo respuestas a las principales dudas:

TEMAS INMIGRATORIOS

1. ¿Cuánto tiempo podemos permanecer en los EEUU por año con visa de turista (B1/B2)?

     Con visa de turista usted puede permanecer hasta el final del período en que el oficial de inmigración autoriza y timbra en su pasaporte cuando usted llega, que es generalmente 6 meses.

     Sin embargo, si usted permanece durante todo ese período, la próxima vez que usted entre en los EEUU, es posible que usted sea cuestionado porque permaneció tanto tiempo en la vez pasada y puede hasta ser que ellos te den una permanencia más corta la próxima vez, o también mandarlo de vuelta a su país (raro, más puede suceder).        Es evidente que a ellos no les gusta cuando las personas permanecen mucho, pues significa que la persona está viviendo en los EEUU, lo que ellos consideran “ilegal”.

2. ¿Puedo trabajar y/o prestar servicios como independiente o consultor en los Estados Unidos con visa de turista/negocio (B1/B2)?

     Absolutamente no, pues es ilegal. Este tipo de visa solamente le permite que entre en los EEUU para turismo, conferencias, reuniones de negocios, seminarios, entrenamientos etc. Es absolutamente prohibida cualquier actividad de trabajo o negocios que genere pagos en los EEUU.

3. ¿Si yo adquiero un inmueble en los EEUU, puedo obtener la green card o vivir legalmente?

      Solamente comprando inmuebles no le dá permiso para vivir en los EEUU.   El único tipo de visa que le da derecho de vivir en los EEUU a través de inversión en inmuebles es el Programa EB-5, pero el exige que usted sea socio accionista o inversionista de un proyecto empresarial y no simplemente propietario de un inmueble o inmuebles.

4. Tengo ciudadanía italiana y escuché decir que la inversión para la obtención de green card es más baja para europeos, en torno de US$150K, ¿sabe si eso procede o son los mismos US$500K?

        Es muy importante comenzar aclarando que el único tipo de visa de negocio y/o inversión que lleva a la green card directamente es la EB-5.  Y desafortunadamente, esa visa no tiene ningún beneficio especial para ciertas ciudadanías; las reglas son absolutamente iguales para todos.  O sea, la inversión mínima es 500 mil dólares, independientemente de la ciudadanía del inversionista.

       Sin embargo, existen 2 otras visas de negocio/inversión, llamadas E-1 y E-2, que benefician ciudadanos italianos y también varias otras ciudadanías.   Estas visas son aprobadas exclusivamente y únicamente para ciudadanos de países con los cuales los EEUU mantienen un tratado comercial.  Italia y España son 2 ejemplos de países que mantienen un tratado con los EEUU.   Y para los ciudadanos de esos países que quieran abrir un negocio en los EEUU, el gobierno permite que el inversionista y su familia directa (cónyuge e hijos menores de 21 años) vivan en los EEUU en cuanto el negocio esté abierto y operante.

      No hay un valor mínimo exigido para abrir el negocio, ni un número mínimo de empleos a ciudadanos americanos y  ni necesita ser un negocio nuevo, puede ser un negocio ya existente que el inversionista venga a adquirir en los EEUU.  Considerando todo, es importante que la inversión sea “substancial”, según las leyes inmigratorias americanas, lo que todos concuerdan, es muy vago.   Los abogados de inmigración  con quien trabajamos son unánimes en recomendar que el inversionista invierta un mínimo de $100-$150 mil dólares para tener su visa aprobada.  Y es importante resaltar también que esa es solamente una visa y a través de ella NO es posible obtener la green card.

    Si usted está interesado en vivir en los EEUU a través de una de esas visas de negocio/inversión, podemos ayudarlo en todo el proceso, incluyendo la apertura de la empresa y/o la adquisición de una que calificará para ese tipo de visa.

5. Cuáles son las mejores alternativas de visas para que yo pueda vivir legalmente en los EEUU?

a) Visas de trabajo contratado o habiidades especiales/extraordinarias (H1, EB-2, EB-3): Una empresa americana lo contrata en los EEUU. En general son profesionales que tienen una calificación o conocimiento especializado y más difícil de ser encontrados en el mercado de trabajo de los EEUU. Sugerimos a los interesados a que se registren en sites de empleos en los EEUU (monster.com, careerbuilder.com, LinkedIn.com etc).  Dependiendo de su especialidad, usted podrá ser contratado más fácilmente, especialmente si usted es del área de tecnología (tecnología de información, computación, ingeniería electrónica etc.).

b) Visa de trabajo (L-1proveniente de apertura de empresa o comercio en los EEUU y su transferencia a los EEUU como ejecutivo: En caso que usted posea una empresa con por lo menos 1 año de existencia y que haya generado utilidad, usted podrá considerar la posibilidad de abrir una filial o subsidiaria en los EEUU (o un nuevo negocio) y pedir transferencia como ejecutivo de la empresa matriz. Después de la primera renovación de su visa (en 2 años), usted podrá entrar con una solicitud de residencia permanente (green card).  Sin embargo, para esta visa hay varios otros requisitos y atualmente su aprobación está más dificil.

c) Visa de trabajo (L1) por transferencia de ejecutivo: La empresa donde usted trabaja (generalmente multinacionales) tiene una filial o matriz en los EEUU y pide su transferencia para los EEUU. Después de la primera renovación de su visa (en 2 años), usted podrá entrar con una solicitud de residencia permanente (green card).

d) Visas de Inversionistas de Países con Tratado Comercial con los EEUU (E-1, E-2):   en este caso usted abre una empresa filial o subsidiaria de la matriz en su país.   Recomienda-se que la inversión sea de un mínimo de $100,000 y solamente aplican para los ciudadanos de países que mantienen tratado comercial con los EEUU (Haz CLICK aqui para acceder a una lista completa de los países con tratado comercial con los EEUU).

e) A través de visa de estudiante (F-1): usted se inscribe en cursos (enseñanza superior o especialización, como cursos de inglés por ejemplo) pre-aprobados para estudiantes internacionales. Esta opción es válida para cualquier edad.

f) Obtención de la Green Card a través de inversiones aprobadas bajo el Programa EB-5: Usted invierte 500 mil dólares en uno de los proyectos aprobados por la USCIS (United States Customs and Immigration Services) durante 2 años.  Si es aprobado, después de 9 meses de la entrada de la solicitud, usted + cónyuge + hijos menores de 21 años reciben una Green Card Condicional y después de 2 años reciben la Green Card Permanente en caso de que hayan mantenido la inversión durante el tiempo mínimo requerido de 2 años.

     En caso que esté interesado en la alternativa anterior (EB-5), hable con nosotros.  Hemos evaluado y aprobado los mejores proyectos actualmente disponibles para inversión y le representaremos sin cualquier costo a usted.

6. ¿Cuál de esas visas es mejor: la EB-5 o la L-1 de transferencia de ejecutivo?

      Si usted ya tuviera una empresa en su país y esta ya tiene más de 1 año, muchos empleados (más del 15-20) y está facturando positivamente, la visa L-1 podrá ser una alternativa a considerar.

     Sin embargo, es importante considerar que ésta es sólo una visa y no la green card. El inversionista tendrá que mantener la empresa en los EEUU y la matriz en su país abiertas y facturando si quiere permanecer en los EEUU.  O sea, esa es una buena alternativa, pero no la mejor, pues es condicional/no definitiva.

     La EB-5 es la manera más rápida y segura de obtenerse la residencia permanente y la ciudadanía americana después de 5 años.  Si usted pide nuestra opinión, le vamos a decir que a menos que usted ya esté planificando abrir, mantener y administrar un negocio aquí en los EEUU inmediatamente y no tiene prisa para recibir la green card, lo mejor sería invertir en la EB-5 para garantizar la green card.

TEMAS RELACIONADOS A VIVIR EN LOS EEUU

7. ¿Cuál es el costo de vida para vivir en los EEUU?

   Depende de la ciudad y del estado.  Los lugares más caros para vivir son California y Nueva York.   Pasamos a continuación una idea:

     En general, la calidad de vida en los EEUU es excelente y a un costo inferior que en los países latinoamericanos.   Por ejemplo, aquí la mayoría de las escuelas son buenas y pocas personas optan por la enseñanza paga, excepto cuando se llega a la universidad, pues la mayoría es particular.  Todavía así, existen universidades subsidiadas por el gobierno americano y la enseñanza en su mayoría es mucho más accesible y de óptima calidad también.   Si usted considera esa economía, ya hace una enorme diferencia en el presupuesto familiar.

     El costo de habitación también es bien razonable y accesible.  Las actuales tasas de intereses anuales para compra de inmuebles están entre un 3% y 7%, dependiendo del análisis de su crédito. Los financiamientos en general son fijos entre 3-30 años y en algunos casos usted no necesita dar casi nada de entrada (es el caso para residentes, ciudadanos e individuos con excelente historial de crédito).

     Lo que acostumbra ser caro aquí en los EEUU son los seguros de automóvil  y de salud.  Dependiendo del tamaño de la familia y de la cobertura, una familia puede pagar hasta 2 mil dólares por mes de cobertura de seguro salud.  Sin embargo, su renta es quien determinará el techo máximo a pagar.

     En cuanto a los costos de alimentación y transporte, son bien razonables.  Usted compra automóviles muy buenos y paga la mitad de los precios de Latinoamérica.   Las frutas aquí acostumbran ser más caras que en Latinoamérica, pero en general, los costos con alimentación están más baratos.

8. ¿Con que renta yo podría vivir razonablemente en los Estados Unidos?

     Nuevamente, depende de la ciudad y del número de dependientes que usted tenga.   Una familia que consiste de una pareja y 2 hijos, viviendo en la Florida por ejemplo, puede vivir bien, pero modestamente, con 3-4 mil dólares por mes, ya considerando que paguen financiamiento inmobiliario o arriendo.

     El gasto más alto de un presupuesto familiar seguramente es con vivienda, de ahí que si la familia tuviera un inmueble totalmente pagado, podrá vivir bien con menos.  También es importante considerar los gastos del seguro de salud, en caso de que no estén cubiertos por vías empleo.  De nuevo, todo depende de las expectativas y exigencias, pero con certeza aquí se vive mucho mejor con menos – si usted compara con los países latinoamericanos.

     En cuánto al actual salario mínimo, en la Florida por ejemplo, desde Enero de 2019 está en $8.46 por hora, o aproximadamente $1,350 por mes (40 horas semanales).

9. ¿Es fácil conseguir empleadas domésticas (niñeras, cocineras etc)?

      Servicios, en general, son caros en los EEUU.  Tener un empleado doméstico es un lujo que pocos tienen aquí.  Es muy común tener limpiadoras que asean casas en bases semanales y quincenales, pero cada visita cuesta en promedio $120 y ellas trabajan en general solamente por 4 horas.  Y las niñeras también cobran por hora y en general entre $8-12 !

10. ¿Como encontrar una buena escuela para mis hijos en los EEUU?

     Los americanos acostumbran escoger los barrios donde van a vivir basado en la graduación de las escuelas.  Cada escuela, anualmente, recibe una especie de “grado” basada en diversas pruebas hechas a los estudiantes durante el año.  La forma de puntuación más común va de la A a la F, siendo ‘A’ la mejor nota.   Como esas notas acabarán determinando la calidad de vida, medio-ambiente, seguridad y valor de los inmuebles de su comunidad, las municipalidades y los administradores de las ciudades realmente se esmeran para lograr el mejor nivel posible en la calidad de enseñanza, razón por la cual la mayoría de las escuelas son excelentes.  Excepciones son encontradas en barrios pobres y con alto índice de criminalidad.

Para saber qué áreas poseen las mejores escuelas, basta consultar websites que proporcionen “school ratings”, como por ejemplo el site: http://www.schooldigger.com.

11. ¿Tiene sala cuna pública en los EEUU?

No, todas las salas cuna son pagadas, y no acostumbran ser baratas. Y las escuelas públicas comienzan en el jardín de infancia, para niños a partir de 4-5 años de edad.

12. ¿Y la asistencia médica y hospitalaria en los Estados Unidos es buena?

      Sí.  Los seguros médicos ofrecen una buena cobertura y prácticamente todos los hospitales son privados. Atendimiento gratis aquí es bien limitado, por eso el gobierno americano modificó las reglas del juego y todo individuo debe tener un seguro salud particular.  Y para los que no tienen renta suficiente, el gobierno subsidia parte de los costos.

13. ¿Y los impuestos en los EEUU, son caros?  Cuánto es mi renta  para pagar impuestos?

       Aquí en los EEUU, los impuestos varian mucho, dependiendo de varios factores, como la renta familiar, si se tiene un negocio chico, entre otras cosas. No son baratos, pero la gente ve claramente que ellos son revertidos en beneficios para la población en general.  Por ejemplo, cada ciudad o barrio tiene que tener, necesariamente, un cierto número de parques,  áreas de recreación y escuelas, entre otras cosas.

       Existen mucho más puestos policiales en la calle y protección que en los países latinoamericanos.  La enseñanza en los EEUU es predominantemente pública y buena.  Y las escuelas también ofrecen  muchos cursos gratis para adultos, como por ejemplo, cursos de inglés y español!

    A pesar de que el impuesto es alto, existen varias deducciones que se pueden hacer, como por ejemplo, los intereses pagados en los financiamientos de  inmuebles.  Hasta gastos con ropas, zapatos y varias otras categorías pueden ser deducidos en caso de que usted trabaje por cuenta propia o desde  un “home office”.

14. ¿Cómo hago para aprender inglés?  ¿Los cursos son caros?

Usted podrá estudiar gratis en una escuela pública de su comunidad.

15. ¿Cuál es la diferencia entre ser un residente permanente y un “ciudadano” americano? ¿Cuáles son los beneficios de ambos?

     Un residente tiene el derecho de vivir legalmente en los Estados Unidos, pero tiene que renovar su “green card” cada 10 años y no puede votar o emplearse en órganos públicos, por ejemplo.

     Después de 5 años como residente, la persona puede solicitar la ciudadanía  americana, pero tendrá que haber pasado por lo menos mitad de los 5 años viviendo en los Estados Unidos.

     La ciudadanía americana garantiza el derecho de voto y demás beneficios del gobierno americano a los ciudadanos americanos, incluyendo beneficios médicos, hospitalarios y de pensión para ciudadanos mayores que 65 años.   Además de eso, ciudadanos americanos tienen entrada libre (sin necesidad de visa) en la mayoría  de los países y son protegidos donde quiera que estén por el gobierno americano, como cualquier individuo que haya nacido en suelo americano.

Sabemos que deben existir muchas más dudas que las que presentamos en esta publicación, por lo tanto nos colocamos a disposición para responder otras preguntas que usted tenga.  Trataremos de consultar nuestros socios y consultores jurídicos, fiscales y  de inmigración en caso que sean muy específicas.

 

Contáctenos para saber como podemos ayudarlo, específicamente en su caso. 

  

FLORIDA 360 INVESTMENTS & REALTY, LLC

Miami – Weston – Fort Lauderdale – Delray Beach – Orlando

Tel: +1 (954) 449-2529

Tel: +1 (954) 325-2625+1 (atención en Español, Português y whatsapp)

E-mail: [email protected]

Skype: florida360realty

 

 “The content herein is informational only and is subject to changes, variables & interpretation.  It is NOT intended to replace legal advice and should not be relied upon as such. Always consult with an immigration attorney before making any immigration decision.  Florida 360 partners with qualified and recognized immigration attorneys to assist our customers and to provide a “360o immigration solution” and will work with any attorney of our customers’ choice as well.

This communication is not intended to constitute any offer or solicitation to buy or sell securities. Offers of securities or investment advisory services may be made only pursuant to appropriate offering or other disclosure documents, and only after prospective investors have had the opportunity to discuss all matters concerning the prospective investment or engagement with their adviser or the issuers of the securities.  It should be noted that past performance is not indicative of future results.  This communication is confidential and intended only for the addressee.  If you are not the intended recipient, you may not copy, disclose, or distribute this message to anyone else; any such actions may be unlawful. If you have received this communication in error, please contact the sender of the message to inform him or her of the error.

 

No part of this e-mail or its contents is intended to provide immigration, tax, financial or legal advice, and any statements referring to these areas are to be considered opinion only. All recipients are encouraged to take independent advice from duly regulated sources.  As a Transaction Broker, Florida 360 Realty, LCC and Florida 360 Investments & Realty and its agents provide a limited form of representation to a buyer, a seller, or both, that allows Florida 360  to facilitate a transaction but does not represent either in a fiduciary capacity or as a single agent. Any information concerning the sale of a business contained in this e-mail has been provided by either the Seller or Buyer to Florida 360 (“Broker”). Broker and its agents have not and do not verify the accuracy or completeness of this information, and the recipient of this information is advised to conduct its own independent due diligence investigation as to the accuracy of the information provided herein. The information contained in the e-mail message is intended only for the personal and confidential use of the recipient(s) named above.  If you are not the intended recipient, please contact the sender by reply e-mail, and destroy all copies of the original message.  Do not deliver, distribute or copy this message and/or any attachments and if you are not the intended recipient, do not disclose the contents or take any action in reliance upon the information contained in this communication or any attachments.

 

Click edit button to change this text. Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.

Click edit button to change this text. Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.